Declaran improcedente la denuncia de Juicio de Responsabilidad contra 21 diputados locales

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*Lo anterior fue determinado por unanimidad en la sesión de este martes

*De esta forma fue rechazada la denuncia de Rubén Cayetano García

Chilpancingo Gro; a 10 de septiembre del 2019.- El Congreso local rechazó y declaró improcedente la denuncia de Juicio de Responsabilidad Política que presentó el diputado federal de Morena, Rubén Cayetano García, en contra de 21 integrantes de la 62 Legislatura.

En la sesión ordinaria de este martes, por unanimidad, el pleno aprobó el dictamen que en esos términos presentó la Comisión de Examen Previo que preside el perredista Robell Urióstegui Patiño.

“No se admite y se declara improcedente la denuncia de Juicio de Responsabilidad Política presentada por el C. Rubén Cayetano García, en contra de los diputados y diputadas integrantes de la Junta de Coordinación Política, de la Mesa Directiva y de la Comisión Permanente de la LXII Legislatura al H. Congreso del Estado de Guerrero”, sentencia el dictamen.

Cabe mencionar que las diputadas de Morena, Erika Valencia Cardona y Nilsan Hilario Mendoza, se excusaron del estudio y su dictaminación “por ser parte de los servidores públicos denunciados”, y con ello evitar “conflicto de interés”.

La denuncia de juicio de responsabilidad política contra los 21 diputados, integrantes de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), de la Comisión Permanente y de la Mesa Directiva que culminó el 31 agosto, presidida por la priista Verónica Muñoz Parra, fue presentada el 1 de agosto por el diputado federal de Morena, Rubén Cayetano García, ante la Secretaría de Servicios Parlamentarios.

Acusó que los diputados faltaron a su responsabilidad porque se auto asignaron un periodo vacacional por 21 días, a pesar de que la Ley Orgánica del Poder Legislativo señala que el Congreso debe sesionar por lo menos una vez cada 15 días.

Con este hecho, afirmó Cayetano, los 21 diputados abandonaron la función y responsabilidad para la que fueron electos.

Con base a los conceptos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Comisión de Examen Previo expone que el mes está dividido en dos partes, a lo que se le denomina “quincena”.

En ese sentido señala que la Comisión Permanente sesionó el miércoles 10 de julio, que corresponde a la primera quincena, y el miércoles 17 del mismo, es decir, en la segunda quincena. La siguiente sesión se efectuó el 7 de agosto, que corresponde a la primera quincena de agosto, añade.

Por lo tanto, establece: “(…) no puede sustentarse que haya existido abandono del cargo, ni una auto-asignación de vacaciones, como lo pretende el Accionante del Juicio que nos ocupa. Máxime que no existió violación a la disposición normativa establecida en el artículo 141 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero Número 231, como se constata en líneas anteriores”.

El dictamen de la Comisión de Examen Previo rechaza y declara improcedente la denuncia, mismo que fue aprobado por unanimidad.