Invalida la SCJN la reforma electoral sobre candidaturas indígenas obligatorias

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Chilpancingo, Gro., a 8 de Septiembre de 2020. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este martes la reforma electoral sobre candidaturas indígenas obligatorias que aprobó el Congreso de Guerrero el pasado de 1 de junio, y esta modificación legislativa “surtirá efecto” -de invalidez- al día siguiente de concluido el proceso electoral 2020-2021.

El decreto 460 por el que se adicionó y reformó la Ley 484 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, publicada el 2 de junio, fue invalidado porque el Poder Legislativo local “omitió llevar a cabo una consulta en las comunidades indígenas y afromexicanas”.

Durante la sesión de este martes, efectuada por videoconferencia, el pleno de la SCJN concluyó en que esa omisión violó los artículos 1° y 2° de la Constitución federal, en los que se establecen que esos pueblos “tienen el derecho a ser consultados cada vez que se pretendan establecer medidas legislativas susceptibles de afectarles directamente”.

La reforma aprobada por el pleno del Congreso local adicionó los artículos 13 bis y 272 bis, con los que se obligaba a los partidos políticos a postular fórmulas de candidaturas a diputados de mayoría relativa e integrantes de ayuntamientos con personas de origen indígena y afromexicano, en distritos y municipios con población de estos grupos, igual o mayor al 40 por ciento.

Dicha modificación fue impugnada el 29 de julio por un grupo de diputados de Morena, pese a que ellos mismos la habían votado a favor: Norma Otilia Hernández Martínez, Ricardo Castillo Peña, Yoloczin Lizbeth Domínguez Serna, Mariana Itallitzin García Guillén, Moisés Reyes Sandoval, Arturo Martínez Núñez y Erika Valencia Cardona, todos afines al delegado del gobierno federal en Guerrero, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros.

Se inconformaron porque, según expusieron en su denuncia, el Congreso “no realizó una consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada, por no respetar la autonomía y libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas”, sobre las propuestas para garantizar su derecho a participar como candidatos en el proceso electoral del 2021.

Cabe mencionar que la declaratoria oficial de inicio del proceso electoral 2020-2021, se realizará este miércoles 9 por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana.

Los comicios están programados para el 6 de junio del 2021, sin embargo, el proceso electoral culminará oficialmente un mes después con el cómputo distrital y estatal y entrega de constancia de mayoría a los candidatos electos.

Ante “la imposibilidad de realizar la consulta”, debido al inicio del proceso electoral, la SCJN decretó que “la declaración de invalidez surtirá efectos a partir del día siguiente en que aquel (la elección) concluya”.

También fijó el plazo de un año, a partir de la finalización del proceso electoral 2020-2021, para que el Congreso de Guerrero realice la consulta en los pueblos indígenas y afromexicanos y apruebe nuevamente la reforma en mención. 

 

(www.agenciairza.com)