Chilpancingo, Gro- 27 de Julio del 2018. – El Congreso local ya no tendrá facultades legales para nombrar y destituir a los auditores especiales de la Auditoría Superior del Estado (ASE), quienes ahora serán “subordinados” del titular del órgano técnico de fiscalización, en este caso de Alfonso Damián Peralta, quien a su vez podrá aspirar a reelegirse por un periodo de siete años después de su primer nombramiento.
Así se establece en la reforma a la Constitución del Estado de Guerrero en materia de fiscalización que aprobó este viernes el pleno del Congreso local por 40 votos a favor y uno en contra, el de María de Jesús Cisneros Martínez, de Morena.
La Mesa Directiva del Poder Legislativo turnó la modificación constitucional a los ayuntamientos para su aprobación, lo que permitiría su validez y posterior publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado.
Sin discusión en tribuna y por consenso entre las fracciones del PRI y PRD, el dictamen leído en tribuna por el diputado Samuel Reséndiz Peñaloza, presidente de la Comisión de Vigilancia y Evaluación de la ASE, fue aprobado por mayoría calificada.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano (MC), explicó que esta modificación armoniza a la ASE con la Auditoría Superior de la Federación, con base al artículo 79 de la Constitución General de la República.
Con base a la legislación federal, añadió, el Congreso designa al titular de la ASF por un plazo de 8 años, quien podrá aspirar a reelegirse por un periodo más, además de que podrá designar a sus auditores especiales.
“Lo que hoy se modifica (en el Congreso local) es acorde a la Constitución federal. El auditor (Alfonso Damián Peralta) podrá ser nombrado nuevamente solamente por un periodo más, en este caso por 7 años, pero el hecho de que quiera participar no significa que sea designado automáticamente”, aclaró.
También justificó que la designación de los auditores especiales ahora sea una facultad del titular de la ASE. “El responsable directo, político, financiero, administrativo y penal; es el auditor superior y no se puede generar una dualidad de funciones”.
“Si en la legislación federal los auditores especiales son nombrados por el titular, no hay razón para que aquí no pueda ser”, recalcó, y añadió que con esta modificación se extingue el reparto de “cuotas” políticas en el órgano técnico de fiscalización.
(www.agenciairza.com)