Plantean reforma para impedir que el gobernador pueda nombrar familiares en cargos públicos

Actualmente es una constante que un funcionario público sea recomendado por el simple hecho de tener una relación de parentesco o vínculos con la persona que lo está promoviendo.

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Chilpancingo Gro; a 11 de febrero del 2021.- Para impedir que el Ejecutivo estatal nombre, proponga o designe como servidores públicos o empleados a familiares por línea ascendente y descendente hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, evitando conflictos de intereses, el diputado Carlos Cruz López propuso modificar la Constitución Política del Estado de Guerrero.

Al presentar su iniciativa, el diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena señaló que actualmente es una constante que un funcionario público sea recomendado por el simple hecho de tener una relación de parentesco o vínculos con la persona que lo está promoviendo, sin tomar en cuenta que existen personas calificadas y competentes para representar eficazmente el cargo.

Manifestó que el nepotismo es una forma de corrupción o práctica fraudulenta que consiste en asignar recursos de un entorno de trabajo a familiares y amigos, sin tomar en cuenta su idoneidad para el desempeño o su preparación para un cargo, sino su cercanía emocional y sus lealtades personales.

El legislador aseguró que esta práctica violenta la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que señala la necesaria igualdad de oportunidades de acceso al trabajo público, dado que es financiado con el dinero de todos.

Abundó que en la administración Pública Estatal es común ver nombramientos de familiares en cargos de primer nivel, sin que se tenga en cuenta sus aptitudes ni capacidades para ocupar esos puestos.

Por estas razones, Cruz López considera que se debe regular esta situación, estableciendo que el gobernador queda impedido para nombrar, proponer o designar como servidores públicos o empleados a familiares de hasta el cuarto grado consanguíneo, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, “porque lo que se requiere es que al frente de las dependencias haya gente capaz para cumplir con los objetivos requeridos”.

La iniciativa de adición de un párrafo a la fracción XV del artículo 91 de la Constitución Política del Estado de Guerrero fue turnada a la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos.